lunes, mayo 28, 2007

Norma para detener la explotación de especies

Iván Restrepo

Finalmente, el pasado 15 de mayo entró en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-029, la cual contiene una serie de medidas y regulaciones a fin de detener y revertir el grave deterioro que sufren las principales especies de tiburones y rayas sujetas a explotación comercial. La norma es fruto del esfuerzo conjunto que durante varios años realizaron el gobierno federal, las instituciones de investigación, pescadores, ambientalistas y grupos diversos de la sociedad civil.

Ahora, especies como los tiburones blanco y ballena, así como las mantarrayas no podrán ser capturados ni sacrificados en aguas mexicanas. Da inicio el proceso de sustituir las destructivas redes agalleras y de enmalle tiburoneras que tanto daño ocasionan. Por ley, pescadores y propietarios de barcos tienen que informar cuántos tiburones matan por viaje de pesca y qué especies fueron. La indeseable práctica de cortarles las aletas y regresarlos al mar, donde mueren, queda prohibida, a la par que se establecen medidas para proteger zonas de crianza y refugio de ésas y otras especies marinas.

Pero el sector de la pesca deportiva, en especial el de Baja California Sur, pide derogar la norma alegando razones nada científicas. Y lo que es peor, engañando a la opinión pública, en especial a la de Estados Unidos, de donde procede el grueso de quienes practican la pesca deportiva. So pretexto de que afecta los intereses de ese sector, organizaciones del vecino país, como Seawatch, encabezan la lucha por derogar una legislación benéfica, que puede y debe perfeccionarse. La campaña de descrédito está plagada de mentiras, como demuestran los especialistas en el tema (Leonardo Castillo, Juan Carlos Cantú, Raúl Villaseñor), organizaciones ambientalistas (Defenders of the Wildlife y Greenpeace) y el gobierno federal, que de paso enfrenta la presión de algunos funcionarios estatales y legisladores del PAN y el PRI con intereses muy particulares.

En la sarta de mentiras se dice, por ejemplo, que la NOM 029 abrirá el golfo de California a barcos de altura para pescar tiburones y rayas, cuando lo prohíbe. Esos barcos ya acabaron con los tiburones en el Golfo, por lo que los capturan en otras áreas marinas. Tampoco se permiten ya barcos palangreros con miles de anzuelos: se reduce su tamaño y el número de anzuelos de manera radical. No se otorgarán nuevos permisos de pesca comercial de tiburones y rayas. Al fin se limita la zona en la que pueden pescar esos barcos y elimina o limita el uso de las destructivas redes de deriva en las áreas ribereñas.

Otra mentira es que la norma reduce una zona de "exclusión" de 50 millas de la pesca deportiva. Ni existe legalmente esa zona ni se establece en la NOM 029. Pero sí habla de que deben crearse áreas de refugio, zonas de veda, captura, cultivo y reserva. Establece con toda claridad:

"Las especies denominadas marlin, pez vela, pez espada, sábalo o chiro, pez gallo y dorado, quedan destinadas de manera exclusiva para la pesca deportivo-recreativa, dentro de una franja de 50 millas náuticas, contadas a partir de la línea de base desde la cual se mide el mar territorial."

Es falso entonces que se prohíba la pesca comercial en esa franja, o que se permita la captura y comercialización de las especies reservadas a la pesca deportiva. Tampoco se prohíbe la pesca incidental, pero sí se limita el volumen y comercialización de acuerdo con lo que las autoridades fijen para cada especie.

Los voceros de la pesca deportiva alegan que no los tomaron en cuenta al elaborar la norma. Por el contrario, estuvieron presentes en el grupo de trabajo que la discutió durante 10 años. Sus observaciones fueron atendidas si tenían bases científicas y técnicas. En el colmo, los detractores de la NOM-029 dicen que ésta afectará a las diversas especies de tiburones y a otras más amenazadas y en peligro de extinción, cuando hará todo lo contrario con tortugas marinas, ballenas, delfines, marsopas y lobos marinos, por ejemplo, y sus lugares de desove o refugio.

Al único tiburón que no protege es al de los intereses que chocan con la sustentabilidad y el uso racional de los recursos pesqueros, y con elevar la calidad de vida de los hombres del mar.

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