miércoles, julio 09, 2008

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SCJN atrae amparos de empresarios e intelectuales contra la reforma electoral
Fabian Anguinaco abogado de los Intelectuales en la sede de la SCJN
jorge carrasco araizaga

MÉXICO, D.F., 9 de julio (apro).- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo 41 amparos promovidos por organismos empresariales y un grupo de intelectuales que impugnan la prohibición de contratar propaganda electoral en radio y televisión.Los amparos pasarán al pleno, pero se resolverán hasta agosto, después del receso vacacional del Poder Judicial, con lo que se reducen los tiempos para que esa prohibición pueda ser desechada antes de que inicie el periodo electoral del 2009, en octubre próximo.Del total de amparos sólo uno corresponde a los intelectuales y el resto a organizaciones empresariales regionales. Los 41 recursos se distribuirán entre los 11 ministros del pleno.La sala sólo desechó tres peticiones de amparo porque no tenían que ver con la reforma electoral, en particular con la libertad de expresión alegada por los inconformes.Ante las presiones de las televisoras en contra de esa disposición de la reforma, el presidente de la sala, el ministro Sergio Valls Hernández, prefirió evadir el tema, pero aseguró que las críticas en contra de la Corte “no son jurídicas, sino políticas”.La impugnación de los intelectuales, entre los que se encuentran Héctor Aguilar Camín, Jorge Castañeda y Ramón Xirau, se centra en la fracción III del artículo 41 constitucional modificado como parte de la reforma vigente desde enero de este año.Esa fracción, que le otorga sólo al Instituto Federal Electoral (IFE) la facultad de administrar la contratación de la propaganda en radio y televisión, señala que ninguna persona física o moral podrá contratar propaganda dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos.Fabián Aguinaco, quien patrocina el amparo de los intelectuales, criticó que la Corte se haya tardado más de seis meses para resolver sobre la atracción. Explicó que aun cuando el máximo tribunal les concediera el recurso, el trámite judicial todavía es largo, pues el expediente debe regresar a un Tribunal Colegiado y luego a un juzgado de Distrito, el que después deberá notificar a las partes sobre el fallo.“Se reduce de manera significativa la posibilidad de que un eventual amparo en contra de esa nueva disposición electoral surta efectos antes de que comience el proceso electoral federal”, en el mes de octubre, consideró.Aguinaco aseguró que la reforma de diciembre pasado reduce las garantías individuales previstas en la Constitución, especialmente la de libertad de expresión.El litigante criticó también el reciente aval constitucional otorgado por la Corte a la reforma electoral que modificó diversos artículos de la Constitución y creó un nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).En especial cuestionó el respaldo de la Corte a la prohibición de contratar propaganda electoral por parte de partidos políticos, precandidatos, candidatos y personas físicas o morales. Esa decisión representa una reducción de los derechos humanos en México desde el Poder Judicial y el Legislativo, aseguró.

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